“Productos ilegales”. No están autorizados.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de 5 suplementos dietarios calificados como “productos ilegales”.
Los artículos en cuestión no contaban con los registros sanitarios correspondientes, por lo que el organismo los consideró ilegítimos, ya que no era posible “garantizar su trazabilidad, condiciones de elaboración, calidad e inocuidad”.
A través de la Disposición 7213/2022 la medida fue oficializada en el Boletín Oficial.
Se trata de dos productos provenientes de China de la marca Suplelife Suplemento Dietarios, “Metil sulfonil metano” y “Ácido ascórbico vitamina C”.

Y otros tres productos procedentes de Pakistán e India de la marca Supleseeds Productos Naturales, “sal del Himalaya fina”, “ajo en polvo”, y “aceite de coco RBD neutro prensado en frío”.

La denuncia fue realizada por un particular que había comprado los cinco suplementos asiáticos de forma online y al recibir su pedido notó que “los rótulos no contaban con la información adecuada a la normativa vigente” por lo que se inició la investigación que derivó en la prohibición de dichos productos.
Según la disposición, ninguno de los cinco artículos contaba con los registros sanitarios correspondientes por lo que fueron considerados ilegales al no ser posible “identificarlos de forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y fraccionados en un establecimiento determinado”.
“Dado que en los rótulos se detallan como países de origen a China, India y Pakistán, se realizó la consulta correspondiente a la Dirección de Fiscalización y Control del Instituto Nacional de Alimentos, quien informó que no constan antecedentes de registro de los productos presuntamente importados, ni de su ingreso al país” .
La Disposición 7213/2022 publicada en el Boletín Oficial
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