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9 de diciembre, 2024

Aceite de oliva prohibido. 2 marcas no pueden ser vendidas en todo el país.

No se pudo corroborar de manera clara sus condiciones de elaboración.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración y comercialización en todo el país y en las plataformas de Internet de dos marcas de aceite de oliva porque sus productos no estaban registrados conforme establece la ley.

Se trata de los productos rotulados como “Aceite de Oliva Virgen Extra Orgánico, Selección del año, marca Salvia Morada, Delicias Artesanales”, de la compañía “Salvia Morada” y “Aceite de Oliva extra virgen marca Don Luciano, Origen de Mendoza, RNE 13-631425, RNPA 13-725263, Cont. Neto 2 Lts, Consumir antes Junio/26″, de “Don Luciano“.

La medida fue tomada después de que un particular de Catamarca consultara al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre la genuinidad del producto. Tras las averiguaciones, se determinó que carece de registros de establecimiento y de producto, por lo que resulta ser un producto ilegal que no puede garantizar sus condiciones de elaboración, calidad e inocuidad.

En el segundo caso ocurrió un hecho similar. El Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de Mendoza descubrió que el RNE como el RNPA del aceite de oliva, que se se encuentran en el Código Alimentario Argentino (CAA), son inexistentes.

De acuerdo a la ley vigente, un alimento que no puede ser identificado de forma fehaciente y clara no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado.

Por este motivo, la ANMAT tomó esta medida para “proteger la salud de los ciudadanos que potencialmente podrían consumir los productos ilegales”. 

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