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28 de marzo, 2024

Alcohol cero al volante. La provincia de Buenos Aires aprobó la ley.

También sanciona a quienes conduzcan bajo los efectos de cualquier sustancias que afecte la capacidad de conducción.

La provincia de Buenos Aires aprobó la ley de alcohol cero al volante.

Diputados de la provincia de Buenos Aires aprobó la ley de alcohol cero al volante.

La propuesta fue impulsada por el ministro de Transporte, Jorge D´´ Onofrio, y se aplicará a partir de 2023.

Hasta ahora la ley vigente establecía una tolerancia de hasta 500 miligramos por litro de sangre.

Con la nueva ley los infractores, podrán ser castigados con hasta 18 meses de retención de licencia de conducir, multas que pueden llegar hasta los 180 mil pesos y realización de cursos de concientización sobre los riesgos viales de manejar alcoholizado.

El ministro D´ Onofrio aseguró que “La ley representa un enorme paso hacia el cambio cultural”.

“Nuestro objetivo es que las rutas y calles no sean tierra de nadie. Que el Estado controle, asista y concientice”.

Segú explicó D’Onofrio los casos registrados de inhabilitación por alcoholemia en 2022 fueron de 6.162 casos, superando a los de 2021 cuya  cifra fue de 5685 casos.

El 55% de las contravenciones por Tambíen informó que personas de entre 20 y 40 años representaron el 55% de la alcoholemia positiva detectada y que el 37% de las víctimas fatales tenía entre 15 y 34 años.

En los primeros 11 meses de este año Desde comienzo del 2022 hasta noviembre 891 personas fallecieron en siniestros viales como consecuencia del alcohol en la provincia.

El articulo de la ley que establece la prohibición. “Queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre una alcoholemia superior a 0 (cero) miligramos de alcohol por litro de sangre”.

En otro de los artículos también se establece la prohibición de conducir para quienes estén bajo los efectos de cualquier tipo de estimulante que disminuya la capacidad de manejar.  Afectando a  “Quienes hubiesen consumido medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias que la Autoridad de aplicación, con intervención del Ministerio de Salud, determine como capaces de disminuir la aptitud para conducir”.

La ley también especifica la sanción para quienes violen la ley por primera vez con valores leves  “Aquella persona que en su primera infracción conduzca con una tasa de alcohol en sangre de hasta cuatrocientos noventa y nueve (499) miligramos por litro de sangre, será sancionada únicamente con la concurrencia/asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública conforme establezca la reglamentación”.

El incumplimiento de las sanciones puede multiplicar hasta por tres el monto de la multa que el Juez de Faltas haya dispuesto.

Si un conductor se negara a realizarse el test, este será considerado como positivo de alcoholemia.

Se pondrá en vigencia desde 2023.

Con esta ley, la provincia de Buenos Aires se suma a otras provincias que ya la tienen en vigencia como Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Río Negro, Salta, Tucumán y Santa Cruz.

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