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29 de marzo, 2024

Atentado a Cristina. Agustina Díaz y Nicolás Carrizo quedaron procesados como cómplices.

“Todos los imputados confluyeron en el propósito de causarle la muerte a la Vicepresidenta de la Nación”

Agustina Díaz y Nicolás Carrizo fueron procesados como cómplices del intento de asesinato contra la vicepresidenta Cristina Kirchner.

Se trata la amiga de Brenda Uliarte y del denominado jefe de los “copitos” acusados como partícipes secundarios del plan de asesinato. Continuarán detenidos con prisión preventiva.

La decisión fue tomada por la jueza María Eugenia Capuchetti, quien afirmó “Quedó demarcada la intención previa, preordenada y directa que han tenido los imputados de acabar con la vida de la víctima”. Tambien embargó a cada uno de ellos por 100 millones de pesos.

En el fallo se indica que, si bien el atacante Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte podrían haber llevado adelante el plan de matar a CFK sin la ayuda de Nicolás Carrizo y Agustina Díaz, estos últimos tuvieron pleno conocimiento de la intención de asesinar a la vicepresidente y volvieron a interactuar con Brenda, cuando “Nando” Sabag ya había sido detenido tras el intento de asesinato.

El reporte de geolocalización de los celulares confirma que tanto Nicolás Carrizo como Agustina Díaz estuvieron en el lugar al momento del hecho.

El fallo de la jueza Capuchetti tambien detalla “Los sucesos del 1° de septiembre fueron el capítulo final del plan delictivo que previamente habían acordado, diseñado y estudiado Brenda Elizabeth Uliarte, Fernando André Sabag Montiel, Nicolás Gabriel Carrizo y Agustina Mariel Díaz”.

“Corresponde hacer una distinción en la participación que le corresponde tanto a Carrizo como a Díaz. Es que si alguien no tiene objetivamente el dominio sobre el acontecer de un hecho y no toma parte en el ejercicio del mismo –si no tiene las riendas del evento–, no puede ser autor. Brenda y Sabag Montiel fueron los coautores. Y Carrizo y Díaz, cuyo rol estuvo supeditado a la ejecución del hecho por parte del resto de los intervinientes, sólo pueden responder en calidad de cómplices”.

“Planificar no es lo mismo que ejecutar (…) si bien Carrizo formalizó un aporte mediante la entrega de un arma de fuego, lo cierto es que se trataba de un calibre .22 y dicha arma no fue la utilizada por Sabag Montiel para llevar a cabo la conducta ilícita”.

“El análisis global de las conversaciones mantenidas entre ellos permitió establecer que todos los imputados confluyeron en el propósito de causarle la muerte a la Vicepresidenta de la Nación, intercambiando opiniones acerca del modo en que debía ser llevado a cabo el hecho”.

Por los motivos descriptos en el fallo es que la jueza les asignó el rol de partícipes secundarios de “homicidio calificado, agravado por el empleo de armas de fuego, alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas, en grado de tentativa”.

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