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28 de marzo, 2024

Autos y motos usados. AFIP modificó el monto mínimo para declarar una venta a partir del 1° de mayo.

El Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) se realiza de forma gratuita a través del sitio web de la AFIP con o sin clave.

AFIP modificó el monto mínimo a partir del cual se debe declarar una venta de un automotor usado desde el primero de mayo próximo.

A través de la Resolución General 5187/2022, publicada en el Boletín Oficial la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que conduce Mercedes Marcó del Pont actualizó los montos mínimos de las operaciones de compra-venta de automotores usados que deben ser declaradas.

Quienes superen el valor mínimo en la venta de un automotor, deberan tramitar el “Certificado de Transferencia de Automotores” (CETA).

De esta forma, quienes realicen una venta de un vehículo usado en una cifra igual o superior a los  $2.400.000.- deberán declararlo a la AFIP y tramitar el CETA.

El monto anterior estaba congelado desde 2019 y era de $800.000.-

El monto minimo por el que se debe dar aviso al ente recacudador sin necesidad de tramitar el CETA pasa de $200.000.- a $600.000.- para autos y de $80.000.- a $240.000.- para motos.

La medida alcanza a las transacciones de autos y motos usados, pero no a las maquinarias agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, máquinas viales y cualquier otras que sean autopropulsadas.

Para tramitar el Certificado de Transferencia Automotor (CETA) se realiza de manera gratuita a través del sitio web de la AFIP, con o sin clave fiscal.

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La Resolución General 5187/2022 completa.

RESOG-2022-5187-E-AFIP-AFIP

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