Santo en la Web y en la Red

26 de julio, 2024

Chocolate prohibido. La marca “Chocogollos” aludía a la marihuana en su nombre.

El organismo determinó que el rotulado de las etiquetas puede “suscitar engaño o confusión en los consumidores”.

La ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) restringió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de una marca de chocolates por carecer de registros sanitarios y “confundir” a los consumidores.

Se trata de la marca denominada “Chocogollos” que no presentaba los datos obligatorios de la normativa alimentaria y hacía alusión a “cogollos” de marihuana, que “contienen sustancias encargadas de proporcionar diferentes estados psicofísicos, tales como THC, CBD, CBG o THCV”.

La resolución, publicada en el Boletín Oficial, comenzó a raíz de una denuncia en el Juzgado Nacional N° 3 de la provincia de Mendoza. Tras la investigación, se determinó que el producto se comercializaba en góndola rotulado como: “Chocolates sin THC sin CBD “Choco Cryp” – Sabor Kaliboom 170 g.”.

Sin embargo, el rótulo no indicaba “lote, vencimiento, procedencia ni ningún otro dato obligatorio“.

En este sentido, ANMAT determinó que el producto “no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, comercializado ni expendido en el territorio de la República”, ya que “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”.

Al mismo tiempo, se remarcó que la marca de chocolate en cuestión fue catalogada como un “producto ilegal”, dado que carecía de registros sanitarios, y que la leyenda “sin THC sin CBD” en su rótulo podía derivar en un “engaño o confusión entre los consumidores“.

SEGUIR LEYENDO.

Seguir leyendo