Todo lo que hay que saber.
La nueva restricción a la nocturnidad establecida gobierno bonaerense incluye multas por más de 3 millones de pesos para quienes asistan y/u organicen fiestas clandestinas, así como también sanciones económicas para las personas que no utilicen tapabocas cuando circulan por la calle o mientras se encuentran dentro de algún comercio.
La prohibición de actividades entre la 1 y las 6 de la mañana dispuesta por hace hincapié en las “fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente, en el marco de las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio y de distanciamiento social preventivo y obligatorio”.
Para estos casos, el gobierno bonaerense señaló que “podrán aplicarse multas de 3.364.000 pesos, tanto a los asistentes y organizadores como así también a los propietarios de los inmuebles donde se realicen”.
La Provincia habilitó a las autoridades municipales a realizar “el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020” y la “aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias”.
Ese artículo establece multas de hasta “diez salarios mínimos de la Administración Pública Provincial cuando se trate de infraccionesque no involucren peligro o perjuicio para la seguridad, salubridad o higiene del personal y/o de la población”.
La multa se eleva hasta 500 sueldos mínimos cuando se trate de infracciones que sí impliquen “un peligro o perjuicio para la seguridad, salubridad o higiene del personal y/o de la población”.
No se especificó en cuál de esas dos previsiones se encuadra el incumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, lo cierto es que las sanciones económicas serían cuantiosas.




