La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de un curry, en todo el territorio nacional.
A través de una resolución, el organismo prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto: «CURRY SUAVE, RNE: 03000229, RNPA: 02-659802, Fracc.: Valles del Norte – Ba. P. M. Acevedo (Ctca), PROCEDENCIA: ARGENTINA», por carecer de registros de establecimiento y de producto.
En ese sentido, explicó que el producto estaba falsamente rotulado y exhibía en el rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes, «resultando ser en consecuencia un producto ilegal».
La investigación comenzó luego de un reclamo de un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
De esta manera, aclaró que como el producto «no puede ser identificado en forma fehaciente como producido y elaborado» no podrá venderse en ninguna parte del país.
TRIBUNA ABIERTA