El gobierno bonaerense dispuso que los municipios y cooperativas no podrán incluir tasas ni adicionales ajenas al consumo de energía en las facturas de suministro de electricidad.
La medida se dispuso mediante la resolución 167 del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA), y alcanza a las cuatro empresas distribuidoras de electricidad y a las 200 cooperativas del sector que operan en territorio bonaerense.
La resolución detalla que las facturas a usuarios que emitan los prestadores “sólo deberán contener conceptos tarifarios vinculados a la prestación del servicio” y que “no podrán incorporar conceptos ajenos a de distribución de energía eléctrica” sin la previa aprobación de OCEBA, a excepción de lo dispuesto por la Ley 10.740 en relación con el alumbrado público.
Entre los fundamentos de la resolución se explica que el Organismo ha venido recibiendo reclamos de usuarios “denunciando el cobro de conceptos ajenos al servicio sin la correspondiente autorización e incluso, en aquellos casos en los que el usuario goza de la gratuidad del servicio, como es el caso de los electrodependientes”.
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