Las excepciones serán los residentes del país, el traslado después de la cuarentena y extranjeros que regresen a su país.
Entre las medidas de prevención para el posible contagio del Coronavirus y evitar la circulación, el Gobierno tomó una nueva disposición que anunció a través del Boletín Oficial: “Prorróganse hasta el 31 de marzo de 2020 las suspensiones totales de los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros interurbano e internacionales y de los servicios de transporte aéreo de cabotaje comercial y de aviación general”, estableció la resolución 73/2020, que exceptúa los vuelos internacionales.
A su vez, el decreto también determina que “se suspenderá la circulación de los servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre”, en caso de que se continúe con la medida del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y estableció que “Desde la 0:00 del día lunes 23 de marzo de 2020 y hasta las 24:00 del día martes 31 de marzo de 2020, los servicios de transporte público automotor y ferroviario se cumplirán con sus frecuencias y programaciones habituales de día feriado”.
En la resolución además de los habilitados a circular, se exceptúan los residentes argentinos que estén regresando al país, el traslado hacía aeropuertos o terminales de ómnibus de extranjeros que vuelvan a su país de origen y el traslado de personas que brinden servicios esenciales en la emergencia pública.