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29 de marzo, 2024

PROHIBIDO DESPEDIR. Prorroga hasta el 31 de septiembre.

No pueden ser sin justa causa, por falta o disminucion del trabajo o fuerza mayor.

El Gobierno nacional decidió prorrogar por 2 meses la prohibición de efectuar despidos de trabajadores sin justa causa, en el marco de la pandemia de coronavirus.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) fue firmado por el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, y se encuentra a la firma del presidente Alberto Fernández.

La resolución, que ya había sido prorrogada, vence el 31 de julio y ahora tendrá vigencia hasta el 30 de septiembre.

Una disposición similar se efectúa con respecto a las suspensiones de trabajadores.

Además, como en los casos anteriores, se exceptúa en este caso a las suspensiones ya realizadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

Ese artículo menciona las “suspensiones de la prestación laboral y que se fundaren en las causales de falta o disminución de trabajo, no imputables al empleador, o fuerza mayor debidamente comprobada, pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación”.

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