La ANMAT inició un sumario administrativo a sus directivos.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la distribución y comercialización en todo el país de algunos productos de una marca de medicamentos. La medida se fundamenta en la falta de autorización que tenía la firma para realizarlos.
Se trata de la empresa BACK S.A. y la decisión se tomó tras una inspección que evidenció que no poseía la habilitación requerida como “droguería”, según la Ley 17.565. En su lugar, la compañía figuraba en los registros como fabricante de productos médicos, específicamente como “fabricante-esterilizador para terceros mediante óxido de etileno“.
Entre los productos que deberán ser retirados del mercado se encuentran:
- Solución de dextrosa al 5% x 500 ml –Tecsolpar– Lote 220628-23, con vencimiento en 06/2025.
- Agua oxigenada 10 vol y Iodopovidona en botellas de 1 litro –Tecsolpar.
- Agua destilada estéril y solución fisiológica de 500 ml –Tecsolpar.
El ente tomó la determinación de iniciar un “sumario sanitario” contra BACK S.A. y sus directivos por presunta comercialización, producción y distribución de medicamentos sin la autorización correspondiente. Esta acción está respaldada por la legislación vigente, que protege la salud pública y los derechos de los consumidores.
Por otro lado, se indicó que la compañía habría violado el artículo 3° del Decreto 1299/97, que exige que laboratorios y droguerías estén registrados ante la Autoridad Sanitaria Nacional para operar entre las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.
“La falta reprochada representa una irregularidad grave en los términos de la Disposición Nº 5037/2009 por la clasificación de deficiencias de cumplimiento de las buenas prácticas de almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos“, agregó la ANMAT en una resolución publicada en el Boletín Oficial.
“Quedó demostrado que la firma distribuyó medicamentos y productos médicos con destino al tránsito interjurisdiccional sin contar con la debida autorización”, concluyó el organismo al justificar la prohibición de su uso y comercialización en el territorio nacional.