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19 de abril, 2024

Rugbiers asesinos. No quieren un jurado popular.

Piden la nulidad del requerimiento de elevación a juicio.

Los rugbiers acusados de haber asesinado a golpes a Fernando Báez Sosa el 18 enero de 2020 en Villa Gesell expusieron en el expediente su decisión de no ser sometidos a un jurado popular y solicitaron la nulidad del requerimiento de elevación a juicio.

El abogado de los imputados, Hugo Tomei, presentó en el último día que tenía de plazo para hacerlo, su oposición a la elevación a juicio solicitada por la fiscal de la causa, Verónica Zamboni, y pidió además que cese la prisión preventiva para los imputados detenidos.

En un escrito de 25 páginas Tomei solicitó al juez de Garantías de Villa Gesell, David Mancinelli, la nulidad de la requisitoria fiscal, por considerar que la acusación presenta una “imprecisa e insuficiente descripción de los hechos” y es “francamente deficiente para describir las conductas delictivas que pretende imputar”.

“La fiscal debió haber realizado una descripción clara, precisa, circunstanciada y específica de los hechos con relación a cada uno de los imputados en particular, en forma individual y exclusiva. Nada de eso sucedió”, sostuvo.

Tomei pidió al juez que declare “la nulidad absoluta” del requerimiento presentado el último 17 de noviembre por Zamboni, en el que solicitó que sean juzgados los 8 rugbiers que continúan detenidos.

Se trata de Máximo Thomsen (20), Ciro Pertossi (20), Luciano Pertossi (19), Lucas Pertossi (21), Enzo Comelli (20), Matías Benicelli (21), Blas Cinalli (19) y Ayrton Viollaz (21).

Tomei confirmó al magistrado que, en caso de ir a juicio, los rugbiers renuncian a la posibilidad de que el debate se haga ante un jurado popular y optarán por un tribunal colegiado.

El defensor explicó que tras un encuentro mantenido con los imputados el último 27 de enero en la unidad penal, le solicitaron “que haga saber” al juez “la decisión de renunciar al tribunal integrado por jurados”.

Señaló que, “según expresó cada uno de ellos, la decisión fue condicionada por la incuestionable y lapidaria condena social que se instaló” a través de los medios de comunicación, que “dieron a conocer distintas constancias del expediente y realizaron una intolerable saturación de las imágenes contenidas en distintos videos que integran el material probatorio”.

“La interpretación sesgada que se hizo de todas estas constancias del expediente a través de la maquinaria mediática determinó la instalación de un preconcepto negativo en perjuicio de los imputados”, sostuvo.

Que impedirían que los eventuales integrantes de un jurado lleguen a esa instancia “sin prejuicios o preconceptos” sobre los hechos.

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