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7 de septiembre, 2024

Cristina. Sobreseída en causa de la ruta del dinero k. El juez Sebastián Casanello lo decretó. “Sin acusación no hay proceso penal posible”.

La querella y la el fiscal habían retirado su acusación contra la vicepresidenta.

Cristina Kirchner fue sobreseida por juez federal Sebastián Casanello en la causa conocida como “la ruta del dinero k”.

Fue luego de que ya no haya parte acusadora que sostenga la investigación contra la vicepresidenta sea investigación en esa causa que tiene a Lázaro Báez condenado a 10 años de prosión.

El pedido de sobreseimiento había sido pedido por el fiscal del caso, Guillermo Marijuan al que adhirieron la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que son los dos organismos estatales querellantes.

El fiscal Marijuan, la UIF y la AFIP, coincidieron en que no hay pruebas para sostener que Cristina Kirchner haya intervenido en esas operaciones de Báez y su entorno en la maniobra de lavado de activos.

Casanello argumentó su decisión explicando que ya sin querellantes ni acusación del fiscal “no hay proceso penal posible”.

En su fallo de 3 páginas, el juez aseguró que “frente a la solicitud del fiscal, fueron consultadas las dos querellas -UIF y AFIP-”. “ambas agencias compartieron la solución postulada”.

“El juicio previo es una garantía de naturaleza constitucional (art. 18 de la CN). Entre otras cosas, ella supone que a una condena sólo puede llegarse a través de un debido proceso que respete sus formas sustanciales, es decir, la existencia de acusación, defensa, prueba y sentencia. Sin acusación no hay proceso penal posible”.

“El juez encuentra limitada su jurisdicción a conocer y decidir un caso dentro del marco y con los alcances planteados por las partes”.

En simultáneo con el sobreseimiento de Cristina, Casanello declaró “inadmisible” el planteo del pasado viernes realizado por Bases Republicanas, una agrupación que tiene como objetivo “colaborar en la construcción de institucionalidad de los Estados”.

Según Casanello la presentación de la agrupación presentaba “una serie de deficiencias” en lo formal como la falta de un poder y el acta de la asamblea que le permita a Bases Republicanas presentarse como querellante.

Pero más allá de eso, el magistrado explicó que “la singularidad del planteo reside en que acontece a más de diez años de iniciado el trámite, en un momento donde el proceso ha quedado sin acusador y con un objetivo puntual: solicitar la nulidad del último dictamen fiscal”.

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