La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de varios productos alimenticios tras determinar que no cumplían con la legislación vigente.
A través de al disposición 9575-E/21017, se prohibió la venta del producto Mermelada de Aloe marca Radaloe, RNPA N° 2200233033, RNE N° 220003965, así como de todo producto del RNE citado.
La disposición 9573-E/2017 dispone levantar la venta de “Mermelada de Frutilla Light“, “Kinotos en Almíbar“, “Zapallos en Almíbar“, “Mermelada de Naranja Light” de la marca La Delfina, “RNE N° 21113835, (…), así como de cualquier otro producto elaborado con posterioridad al 29/03/2016 con el RNE citado.
Dichos artículos señalados infringen la ley “por carecer de autorización de producto y de establecimiento y por consignar en su rótulo un número de registro de establecimiento no vigente, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.
SEGUIR LEYENDO EN PUNTOSEGUIDO




