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24 de mayo, 2025

Monotributistas. 13 días para cambiar las facturas. Las anteriores que no se usaron deben ser anuladas y archivadas.

La AFIP estableció cambios en el régimen de emisión de facturas de monotributistas que comenzarán a regir a partir del 31 del mes vigente.

A partir de la Resolución 4053-E de la AFIP, publicada hoy en el Boletín Oficial, los monotributistas solo podrán emitir facturas impresas con anterioridad a noviembre de 2014 hasta el próximo 31 de mayo. Después de esa fecha, “los comprobantes que quedasen en existencia, deberán ser inutilizados mediante la leyenda ‘ANULADO‘ y permanecer archivados” como comprobantes, indica la Resolución.

A partir del 1° de junio, inclusive, las facturas que emitan los monotributistas de las categorías A, B, C, D y E deberán solicitar por vía web a la AFIP el “Código de Autorización de Impresión” (CAI) para encargar las facturas en una imprenta. Todo esto en sólo 13 días.

El cambio afecta a miles de monotributistas que deberán empezar urgentemente a hacer el trámite si quieren estar habilitados para facturar con las nuevas condiciones a partir de junio.

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