Santo en la Web y en la Red

26 de julio, 2024

Prohibidos. Miel, frutos secos y café. Considerados ilegales.

No estaban autorizados. No tenían registros sanitarios de producto y establecimiento.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una marca de miel de abejas, varios alimentos del tipo frutos secos y un café que fueron investigados a partir de denuncias de consumidores.

Miel

A través de la disposición 5263/2023, se prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto “Miel de abeja de Córdoba marca Establecimiento Dulcinea”. Cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.

Se pudo comprobar que carece de registro de establecimiento y de producto, estaba falsamente rotulado al exhibir un número de RNE inexistente y RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

La disposición 5263/2023 completa publicada en el Boletín Oficial

659930277-ANMAT-Miel

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Frutos secos, pasas de uva y ciruelas sin carozo

La disposición 5279/2023 prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos “Maní crocante sabor jamón, marca Productos FA-DI”, “Maní repelado salado, marca Productos FA-DI”, “Pasas de uva s/ semilla, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT”, “Ciruelas s/ carozo, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT” y “Mix frutos secos, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.

Se comprobó que carecen de registro de establecimiento y de producto. Estaban falsamente rotulados al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y números de RNPA pertenecientes a otros productos, resultando ser en consecuencia productos ilegales.

La disposición 5279/2023 completa publicada en el Boletín Oficial

659930458-ANMAT-Frutos-secos

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Café

Por último, la disposición 5280/2023. Se prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea el producto “Café tostado natural en grano marca RUNA CAFÉ, Nombre de fantasía: Santos Brasil” y cualquier otro café marca RUNA en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento,

No presentaba en sus rótulos números de RNE y/o de RNPA, por carecía de registros sanitarios de establecimiento y producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

La disposición 5280/2023 completa publicada en el Boletín Oficial

659930600-ANMAT-Cafe

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