El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina modificaron los artículos 1º, 2º, 3º y 4º de la Ley de Tránsito Nº 24.449. A partir de ella, se reglamentó el uso de las luces de los vehículos en las calles del país.
Uno de los puntos es que los fabricantes e importadores tendrán que incorporar en sus vehículos 0 km “un dispositivo que permita en forma automática el encendido de las luces bajas o de las luces diurnas (sistema DRL) en el instante en que el motor del mismo sea puesto en marcha”.
Con respecto a las balizas, se estableció que “deben usarse para indicar la detención en estaciones de peaje, zonas peligrosas o en la ejecución de maniobras riesgosas“.
Además, queda permitido que los autos tengan las luces de giro traseras en color rojo. Hasta ahora, solo podían ser amarillas.
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